martes, 9 de noviembre de 2010

ACTIVIDADES BLOQUE II

Cuadro comparativo, ley general y ley estatal.



LEY GENERAL
La educación: servicio de orden público e interés social .El carácter nacional de la legislación educativa.
Elementos que constituyen el sistema educativo mexicano. Sujetos, instituciones y autoridades educativas.
El Federalismo educativo. Facultades y responsabilidades de las autoridades educativas federales, estatales y municipales. Facultades exclusivas y facultades convergentes.
Obligatoriedad en la educación secundaria y sus y sus implicaciones en el sistema  educativo.
Equidad en la educación. Particularidades culturales, étnicas y personales, y la preservación del derecho a la educación.
La participación social en la educación como un medio para la observancia, la promoción y el apoyo del proceso educativo. Los sujetos e instancias reconocidos por la ley, sus niveles de participación, derechos y obligaciones.

La educación  impartida por particulares. Facultades del estado y derechos de los particulares. La educación privada como servicio publico.













ARTICULOS
Articulo 1
Articulo 2



Articulo 1
Articulo 2
Articulo 7 y 10

Articulo 7
Fracción II







Articulo 3
Articulo 4




Articulo 1
Articulo 4
Articulo 5
Articulo 8

Articulo 1

Articulo 4

Articulo 5

Articulo 8

Articulo 7, fracción III
Articulo 10 fracción V de la educación
LEY ESTATAL
La educación: servicio de orden público e interés social .El carácter nacional de la legislación educativa.
Elementos que constituyen el sistema educativo mexicano. Sujetos, instituciones y autoridades educativas.
El Federalismo educativo. Facultades y responsabilidades de las autoridades educativas federales, estatales y municipales. Facultades exclusivas y facultades convergentes.
Obligatoriedad en la educación secundaria y sus y sus implicaciones en el sistema  educativo. 
Equidad en la educación. Particularidades culturales, étnicas y personales, y la preservación del derecho a la educación.
La participación social en la educación como un medio para la observancia, la promoción y el apoyo del proceso educativo. Los sujetos e instancias reconocidos por la ley, sus niveles de participación, derechos y obligaciones.


La educación  impartida por particulares. Facultades del estado y dere4chos de los particulares. La educación privada como servicio publico.










ARTICULOS
Artículos 1,3,7,15,17,19,20,26,29,37






Artículos 3 y 4







Artículos 2,3,5,6,22,23,30,32













Artículos3,4,27,28,31,33





Artículos 9,0,11,13,38,39,40,61






Artículos 2,9,10,11,13,38,39,40,61



















Artículos 1,7,8,19,25,34,36
,54















































































































Preguntas pagina 24-25.


BASES FILOSOFICAS Y ORGANIZATIVAS DEL SISTEMA ORGANIZATIVO MEXICANO
CANDY ANGELICA FLORES ROMO
BLOQUE II


*Con base en el texto de Díaz Estrada “Estructura y disposiciones generales de la ley” distinguir los ámbitos de validez de la ley general y de las leyes estatales y las atribuciones que en materia de educación tienen los distintos niveles de gobierno: federal, estatal y municipal.






Los ámbitos de validez de la ley general de la educación están relacionados, en el cual se reafirma que el artículo 6, la educación que el estado imparta será gratuita y que las donaciones destinadas a dicha educación en ningún caso se entenderán como contra a prestaciones del servicio educativo.


Determinar por toda la república planes y programas de estudio, establecer el calendario escolar, elaborar y mantener los planes de estudio, libros de texto gratuito, evaluar el sistema educativo nacional, actualización del docente, distribución completa y competente de libros de texto, destinar recursos presupuestales, prestar los servicios de actualización de programas, prestar servicios educativos de cualquier tipo.


Facilitar la inspección y vigilancia, contar con instalaciones que satisfagan a la población; contar con personal que acredite la preparación.






*Describir con base de los textos de Arnaut, “Introducción”, “Descentralización inconclusa” y “Federalización” las principales características del federalismo educativo. Señalar ventajas y desventajas de esta forma de organización del sistema.


La escuela de la identidad nacional.


El SNTE de la federación centralizadora a la federación descentralizadora (1943-1998), los maestros de la educación primaria eran los primeros que querían la federalización ya que lo que querían era crear un sindicato d maestros que defendiera sus derechos e intereses.


Centralización: fue cuando todo lo relacionado con el sector educativo se encontraba bajo el poder federal.


Descentralización: la administración que antes estaba a cargo del poder federal, es mandado hacia los estados, a pesar de esto, sigue siendo federalizado por que los recursos los sigue enviando el poder federal.


El articulo 3ro. Constitucional no debe reformarse.


Ventajas: garantizar la educación primaria en México


Formación de nuevos maestros


Mejoramiento del sistema en el campo y las ciudades.


Desventajas: descentralización del sistema


Tramites lentos, no hay personal capacitado para agilizar trámites.






*¿Cuáles son las normas que regulan la participación de los particulares de la educación?


En base a la ley general de educación:


a) La autorización o el reconocimiento de validez oficial de estudios, son específicos para cada plan de estudios.


b) La incorporación es para un plantel, extensión o dependencia determinados.


c) La autorización o el reconocimiento que otorguen los estados o el DF solo rigen respecto de sus propios territorios.


d) En consecuencia los particulares no pueden indiscriminadamente crear nuevo plan de estudios, plantel. Extensión o dependencia, por que requieren un nuevo acuerdo de incorporación.



BASES FILOSOFICAS Y ORGANIZATIVAS DEL SISTEMA ORGANIZATIVO MEXICANO

CANDY ANGELICA FLORES ROMO
BLOQUE II






1.-¿Por qué es necesaria la existencia de leyes para regular los servicios educativos?
Son necesarias por que si no se cumplen las leyes, cada individuo haría lo que mas le convenga y se violarían las reglas establecidas en la ley general de educación.

2.-¿Cómo se relaciona el carácter nacional de la educación con el respeto a la diversidad cultural y lingüística del país?
Respetando ideologías, culturas, tradiciones, en forma al contexto donde se ubiquen cada uno de los individuos ya que de esta manera respetamos sus políticas y tradiciones.


3.-¿Cuál es el sentido de la equidad educativa?
Todos los individuos tienen derecho a recibir una educación básica con calidad sin distinción de género, no se deben hacer discriminaciones.

4.-¿Qué responsabilidades tienen el gobierno federal y los gobiernos para garantizarla?
El gobierno y las entidades federativas tienen la obligación de brindar apoyo a los individuos en todos los sentidos a la educación básica.

5.-¿De que manera participa la sociedad en los servicios educativos?
Brindando apoyo a las instituciones educativas de manera conjunta con profesores de educación básica, en actividades escolares como: campañas de limpieza, vigilancia.

6.-¿Por qué es necesario que los servicios educativos que impartan los particulares sean regulados por el estado?
Para que el estado pueda supervisar cada uno de los objetivos a los particulares es decir, que las escuelas privadas conlleven los planes y programas adecuados en la educación pública.


PRESENTACION DE POWER POINT





BASES F ILOSOFICAS Y ORGANIZATIVAS DEL SISTEMA ORGANIZATIVO MEXICANO
CANDY ANGELICA FLORES ROMO
BLOQUE I I   REGLAMENTO



Reglamento derechos y obligaciones de los alumnos.


Los derechos:


1. Recibir sus clases conforme los señale su horario, el calendario escolar y el instructivo de evaluación.


2. Conocerá anticipadamente los objetivos programáticos de las asignaturas que conforman la curricular semestral así como los criterios de evaluación


3. Recibir su credencial que lo acredita como alumno oficialmente inscrito en esta escuela


4. Hacer uso de las instalaciones y anexos de la escuela, conforme a las normas establecidas para su seguridad


5. Participar y representar a la escuela en cualquier evento que la proyecte positivamente


6. A solicitar permiso por un máximo de cinco días en el semestre por asuntos personales un máximo de diez días con certificado médico, para justificar sus inasistencias..


7. De devolución de los exámenes calificados, que les aplique el profesor.


8. De entregarle los resultados de la evaluación de su aprendizaje, después de cada periodo y fin de semestre


9. Ser tratado por sus maestros y autoridades educativas con cortesía y amabilidad


10. "La conducta o disciplina escolar de los alumnos será evaluada constantemente por medio de la observación para fines de estímulos o de re encausamiento, según sea el caso"


11. Restitución o reparación del mueble: reparación del inmueble cuando estos sean dañados por el alumno.






Obligaciones


Asistir a sus clases los días laborales, conforme al horario respectivo, teniendo un margen de tiempo de 15 minutos después de la primera hora de entrada de la escuela


1. Observar un buen comportamiento personal y ser respetuoso con sus compañeros, trabajadores, catedráticos y personal en general


2. Queda prohibido estrictamente consumir cigarrillos dentro del salón de clase.


3. Mantener el orden y disciplina dentro de las aulas


4. Traer los útiles necesarios para atención de sus clases; cumplir con las tareas e investigaciones encomendadas por sus maestros


5. Conservar y cuidar el edificio escolar en lo que corresponde a paredes, ventanas, pizarrones, lámparas, mobiliario en general, instalaciones deportivas, servicios sanitarios, jardines y demás anexos


Participar y representar a la escuela en los diferentes eventos y actividades que la institución lo requiera.


7. Ser respetuoso con los símbolos patrios y observar buen comportamiento en el homenaje


8. Presentarse a todas las evaluaciones que exige el programa de estudio conforme al instructivo correspondiente.

BASES F ILOSOFICAS Y ORGANIZATIVAS DEL SISTEMA ORGANIZATIVO MEXICANOEl Artículo 3° Constitucional

CANDY ANGELICA FLORES ROMO
BLOQUE I I




Todo Nuestro Sistema Educativo Nacional está dirigido por la principal autoridad llamada Secretaría de Educación Pública.


El Sistema Educativo Nacional está dirigido por la principal autoridad llamada Secretaría de Educación Pública, se llama así desde la fecha de 1921 y es una estructura que depende del Poder Ejecutivo. El Sistema Educativo Nacional actual se rige por la Constitución de 1917 a través del Artículo 3° Constitucional, el cual se ha reformado varias veces, ya que por razones de actualización y de mejorar su aplicación, fue necesario la reforma de este artículo en distintos años.


Actualmente, el Artículo 3° Constitucional nos dice lo siguiente: "Todo individuo tiene derecho a recibir educación.


La educación secundaria es obligatoria ya que el estado desarrolla armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia".


La primera reforma del artículo 3° Constitucional se realizó el 13 de diciembre de 1934.


Propone que la educación que imparta el Estado sea socialista, esto quiere decir que queda excluida toda enseñanza religiosa, proporcionando una cultura basada en la verdad científica, que forme el concepto de solidaridad necesario para la socialización progresiva de los medios de producción económica; que la educación, en todos sus tipos y grados, se imparta con el carácter de servicio público, por la Federación, los Estados y los Municipios y, señala las condiciones mediante las cuales el Estado otorgue a los particulares la concesión para el desarrollo de actividades educacionales.










La segunda reforma se hizo el 30 de diciembre de 1946 y menciona que la educación que imparta el Estado: Federación, Estados, Municipios, tendrá que a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional en la independencia y en la justicia.


El criterio que orientará a dicha educación se mantendrá por completo ajeno a cualquier doctrina religiosa y, basado en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.


La tercera reforma se realizó el 9 de junio de 1980 y tiene por objetivo brindar la autonomía a la universidad y demás instituciones de educación superior, dándoles la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas para así realizar los fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de ideas.


La cuarta reforma se realizó el 28 de enero de 1992 la cual precisa que la Educación que imparta el Estado: Federación, Estados, Municipios, sea laica, buscando evitar que la educación oficial privilegie a alguna religión o promueva el profesar una religión.


Además, establece que la educación primaria, secundaria y normal, así como aquella destinada a obreros y campesinos que impartan los particulares, deberá requerir expresa autorización, debiendo ajustarse a los planes y programas que al efecto establezca la autoridad.


Y la quinta y última reforma que se ha hecho al artículo tercero Constitucional se hizo el 5 de marzo de 1993 en donde propone que además de impartir la educación preescolar, primaria y secundaria, el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos, incluyendo la educación superior, necesarios para el desarrollo de la Nación, apoye la investigación científica y tecnológica y, aliente el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura.


La educación que imparta el Estado es gratuita, pero esta garantía social sólo tendrá un pleno efecto sobre el desarrollo del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de sus habitantes si sus beneficiarios directos o indirectos actúan con perseverancia en las tareas educativas y si participan en el fortalecimiento de la calidad y la regularidad de los procesos escolares.


La exigencia de una cobertura suficiente y de calidad adecuada es una demanda social muy importante y un imperativo que está imponiendo el perfil del mundo contemporáneo de todas las naciones, ricas y pobres, desarrolladas o en vías de desarrollo.


Sin hacer distinciones de formas de gobierno, orientaciones ideológicas y riquezas de recursos, la educación es igual en el norte y en el sur, en el occidente y en el oriente, como un componente fundamental del desarrollo y, el articulo 3°, tiende a lograr estos objetivos.




Cuadros PNI, capitulo IV, articulos de la ley estatal de educacion referidos al proceso educativo, planes y programas, calendario escolar.


d) ¿Cuales son las atribuciones de la autoridad federal y de las autoridades estatales con respecto a la determinación del calendario escolar?




Hace referencia al:
Articulo 51 la autoridad educativa federal determinara el calendario escolar aplicable en toda la república, para cada ciclo lectivo de la educación primaria, secundaria, necesarios para cubrir los planes y programas aplicables. El calendario deberá contener 200 días de clase para los educandos.
La autoridad educativa local podrá ajustar el calendario escolar respecto al establecido por la Secretaria de Educación Publica.
Articulo 52 en días escolares, las horas de labor escolar se dedicaran a la práctica docente y a las actividades educativas con los educandos, conforme al revisto en planes y programas de estudio aplicables.
En otros niveles los calendarios son variables, muchas escuelas de educación media superior tienen calendarios semejantes a los de la SEP, otros tienen periodos vacacionales distintos y días feriados adicionales. Otros más funcionan por semestres o trimestres en otros ciclos anuales. Los horarios de asistencia oscilan entre 3 horas en preescolar y más de 6 en la educación superior.

CUADRO PNI

Capitulo IV y los artículos de la ley estatal de educación referidos al
Proceso educativo.


Positivo
Negativo
Interesante
Articulo 37: la educación de tipo básico esta compuesta por nivel preescolar, primaria y secundaria.
Artículo 38: la educación básica tendrá las adaptaciones básicas requeridas para responder a las características lingüísticas y culturales de cada grupo indígena del país.
Articulo 41: la educación especial esta destinada a individuos con discapacidad.
Articulo 43: la educación para adultos esta destinada a individuos de 15 años o mas que no hayan concluido primaria o secundaria.

El perfil de egreso de preescolar no es congruente con su aplicación en primaria.
La educación básica no ha complementado su programa de equidad educativa, hasta las zonas mas alejadas del país.
Los padres que tienen hijos con capacidades diferentes no apoyan los programas al cien por ciento, ya que también no hay apoyo por parte de las autoridades hacia los niños con capacidades diferentes.
A pesar de la obligatoriedad de la educación y en otros niveles no hay un apoyo total a la educación para adultos, aun existe discriminación hacia ellos.
El tipo medio superior comprende el nivel bachillerato, así como la educación profesional que no requiere bachillerato o sus equivalentes.
Artículo 39: en el sistema educativo nacional queda comprendido la educación inicial, la educación especial y la educación para adultos.
Artículo 42: en la impartición de educación para menores de edad se toman medidas que aseguran al educando protección y cuidado para su integración física, psicológica y social.
El estado y sus entidades organizaran servicios de promoción y asesoría de educación para adultos y darán facilidades necesarias a sus trabajadores y familiares para estudiar y acreditar la educación primaria y secundaria.





CUADRO PNI

Sección II  referido a los planes y programas de estudio


Positivo
Negativo
Interesante
Artículo 47: los contenidos de la educación serán definidos en planes y programas de estudio.
Artículo 48: la secretaria determinara los planes y programas de estudio aplicable y obligatorio en toda la república de la educación primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros.
Algunos profesores no imparten las clases de acuerdo al programa establecido.
Los planes y programas que la secretaria determine así como sus modificaciones deberá publicarse en el diario oficial de la federación, de lo contrario nada podrá realizar o modificar.
En los programas de estudio deberán establecerse los propósitos específicos de aprendizaje u otras unidades dentro de un plan de estudios.
Las autoridades educativas locales permitirán que los educandos adquieran un mejor conocimiento de la historia, geografía, costumbres y tradiciones y demás aspectos en la entidad y municipios.



Sección III referido a calendario escolar


Positivo
Negativo
Interesante
Artículo 51: la autoridad educativa determinara el calendario escolar aplicable en toda la república.
Artículo 52: en días escolares las horas de labor escolar se dedicaran a la practica docente y a las actividades educativas con los educandos.

De presentarse interrupciones por caso extraordinario o fuerza mayor, la autoridad educativa tomara las medidas para recuperar los días y horas perdidos.
La autoridad educativa local podrá ajustar el calendario escolar respecto al establecido por la Secretaria de Educación Publica.
Las actividades no previstas en los planes y programas, solo podrán ser autorizados por la autoridad que haya establecido o en su caso ajustado el correspondiente calendario escolar.




BASES F ILOSOFICAS Y ORGANIZATIVAS DEL SISTEMA ORGANIZATIVO MEXICANO Comparación de las disposiciones legales

CANDY ANGELICA FLORES ROMO
BLOQUE I I



<*¿Cuales son las razones que motivaron el establecimiento de la obligatoriedad de la educación secundaria?

La finalidad de la educación secundaria obligatoria es transmitir a los alumnos los elementos básicos d la cultura, especialmente en sus aspectos científico, tecnológico y humanístico; afianzar en ellos hábitos de estudio y trabajo que favorezcan el aprendizaje autónomo y el desarrollo de sus capacidades, formarlos para que asuman sus deberes y ejerzan sus derechos y prepararlos para su incorporación a estudios posteriores y para su inserción laboral.

*¿Cómo se justifica la existencia de planes y programas de educación básica, únicos para todo el país?
Con el propósito que los maestros y directivos conozcan sus componentes fundamentales, articulen acciones colegiadas para impulsar el desarrollo curricular en sus escuelas, mejoren sus practicas docentes y contribuyan a que los alumnos ejerzan efectivamente el derecho a una educación básica de calidad. Por el carácter nacional que tiene la impartición de la educación en México.

La autoridad del gobierno federal ejerza normatividad, técnica y pedagógica para el funcionamiento de la educación básica de acuerdo con el articulo 12 de la ley general de educación, de esta forma los docentes conocerán componentes fundamentales y así mejorar la calidad educativa.

*¿Qué ventajas representa la incorporación de contenidos educativos regionales en los programas nacionales de educación básica?

Oportunidades formales para adquirir y desarrollar los conocimientos, las habilidades, los valores y las competencias básicas para seguir aprendiendo a lo largo de la vida.

Promover y atender todos los tipos y modalidades educativas necesarios para el desarrollo de la nación, apoyando la investigación científica y tecnológica, alentando el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura.